1.- PREÁMBULO
1.1.- Compromiso
El Código Ético (en adelante, el “Código”) constituye la materialización de la visión y misión de VAZMAR LUCUS, S.L. (en adelante, LA COMPAÑÍA) de la que nacen los principios y normas de conducta que se compromete a implementar, difundir y cumplir de forma estricta, decidida e indubitada, con el objetivo de desarrollar su actividad empresarial con un alto estándar de integridad y la vocación de que los mismos presidan e inspiren la operativa y el quehacer diario de todos los miembros de su organización así como de las terceras partes que se relacionan con LA COMPAÑÍA.
Por lo tanto, VAZMAR LUCUS, S.L. se compromete a mantener un comportamiento no sólo con el máximo respeto a las normativas legales de aplicación, sino y, asimismo, honesto, íntegro y ético en todas y cada una de sus actuaciones, acompañado de una estrategia prudente en el desarrollo de su actividad que favorezca el desarrollo duradero y sostenible de LA COMPAÑÍA.
Para lograr sus objetivos del mencionado comportamiento honesto, íntegro y ético, VAZMAR LUCUS, S.L. acompaña a los requerimientos legales exigidos para el desarrollo de su actividad empresarial, el contenido del presente Código, que es vinculante para sus socios, administradores, directivos, así como empleados y empleadas y para cualquier parte que entable, por cualquier concepto, una relación de colaboración con LA COMPAÑÍA. Junto con las labores de difusión, comunicación y formación de dichos colectivos sobre el contenido del Código, el compromiso de su cumplimiento se asumirá expresamente y por escrito por parte de éstos.
1.2.- La sociedad
VAZMAR LUCUS, S.L. es una entidad mercantil constituida el 6 de octubre de 2015, con CIF B27472885, de nacionalidad española y duración indefinida, con domicilio social en Camiño Real número 7, 1ºC de Lugo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de sus estatutos sociales, el objeto social de LA COMPAÑÍA es:
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El alquiler de inmuebles y la gestión económica y patrimonial de los mismos (CNAE 6820).
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La gestión económica y patrimonial de inversiones financieras propias de la sociedad, sus socios, miembros de su grupo familiar y de empresas del grupo o asociadas, excluyendo expresamente las actividades propias de Instituciones de Inversión Colectiva, de Sociedades y Agencias de Valores y de Entidades de Financiación y Crédito, reguladas todas ellas por su correspondiente legislación especial (CNAE 6492).
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La actividad de promoción inmobiliaria de edificaciones y el despacho urbanístico de suelos para su venta (CNAE 4110) y la compraventa de inmuebles por cuenta propia (CNAE 6820).
1.3.- Objeto del Código Ético
El objeto de este Código es fijar claramente el comportamiento profesional, ético y responsable que debe observar todo el personal y terceras partes que se relacionen con VAZMAR LUCUS, S.L. y asimismo contribuir a y facilitar su interiorización y aplicación práctica.
Es por ello por lo cual que, el Código se concibe como instrumento clave de la política corporativa de control interno a los efectos de evitar o, al menos, reducir riesgos tanto de índole legal como reputacional que puedan arrojar las actividades empresariales realizadas por LA COMPAÑÍA.
El Código se concibe como un marco de referencia con pautas éticas y de integridad claras que sirve de guía y orientación en el comportamiento de LA COMPAÑÍA, su plantilla y terceras partes relacionadas. Dada la imposibilidad de abarcar todas y cada una de las situaciones que se pueden producir, este marco de referencia se acompaña de mecanismos de interpretación y consulta que permitan resolver cualquier cuestión con implicaciones éticas que pueda plantearse, con el fin de contribuir a desarrollar los comportamientos esperados conforme a los valores, compromisos y buenas prácticas de LA COMPAÑÍA.
Para lograr el objetivo anteriormente mencionado, el Código contiene:
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NORMAS Y DIRECTRICES DE CONDUCTA que deben observarse por todo el personal y terceras partes relacionadas (clientes, proveedores, Autoridades Públicas, etc.).
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SISTEMA INTERNO DE INFORMACION para comunicar cualquier acción u omisión que pueda constituir una conducta irregular, esto es, contraria al presente Código o su normativa de desarrollo o bien plantear cualquier tipo de consulta sobre la interpretación y aplicación del Código y su normativa de desarrollo.
1.4.- Ámbito de aplicación del Código
El Código se aplica a todas las actividades realizadas por LA COMPAÑÍA y sus entidades participadas, obligando a todos los socios, administradores, directivos y personal, independientemente de su posición y función que desempeñen, debiendo adecuar su conducta a las disposiciones contenidas en el mismo.
La aplicación del Código es extensiva a cualquier persona física y/o jurídica que mantenga relaciones con LA COMPAÑÍA tales como clientes, proveedores, Administraciones Públicas o asesores, que serán informados del contenido del Código, que deberá ser aceptado expresamente para el desarrollo de su actividad.
1.5.- Interiorización
Lograr la sensibilización e interiorización de los principios y normas de conducta del Código por todo el colectivo que conforma VAZMAR LUCUS, S.L. es una de las aspiraciones que persigue la Dirección de la empresa, motivo por el cual es preciso realizar una continuada y extensa labor de concienciación a través de la comunicación, formación y difusión del Código, adaptada en cada caso a sus receptores que permita su adecuada comprensión, puesta en práctica, seguimiento y evolución.
Asimismo es necesaria la puesta a disposición del Código a cualquier sujeto, incluso externo, que esté relacionado con LA COMPAÑÍA, bien sea en formato físico o electrónico. Por ello, el Código permanecerá publicado en la página web corporativa (www.vazmarlucus.com) y se difundirá mediante los procedimientos de comunicación corporativos de LA COMPAÑÍA.
El Código es un instrumento vivo y en continua evolución a la par que las actividades que realiza VAZMAR LUCUS, S.L., lo que requiere su adaptación y actualización a la realidad operativa y social o cambios normativos.
Su cumplimiento se supervisará mediante las herramientas de información, prevención, monitorización y control, introduciendo, si hubiere lugar, con las acciones correctivas y preventivas pertinentes y con la aplicación de su régimen disciplinario.
2.- PRINCIPIOS GENERALES
VAZMAR LUCUS, S.L. se compromete con el desarrollo de todas sus actividades bajo un prisma ético, sostenible y responsable que tiene como principios y valores inspiradores, los siguientes:
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CUMPLIMIENTO estricto de la legalidad vigente, con especial atención al respeto de los Derechos Humanos y laborales recogidos en la normativa nacional e internacional, para el desarrollo de sus actividades de forma honesta con el fin de conseguir una gestión sostenible de los recursos.
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RESPETO a las personas, que recibirán siempre un trato digno y objetivo. La gestión de los recursos humanos y las relaciones entre la plantilla, así como con las partes relacionadas descansan en los principios de confianza y respeto mutuo, así como en el respeto a la dignidad de las personas, prohibiendo cualquier conducta en el seno de la organización que pueda suponer acoso, conductas violentas, comportamientos agresivos verbales o físicos o un trato degradante.
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IMPARCIALIDAD en las relaciones laborales y profesionales, prohibiendo LA COMPAÑÍA expresamente cualquier tipo de discriminación por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social ajena a las condiciones de mérito y capacidad de cada persona, con especial consideración a la integración laboral y profesional de las personas que presenten discapacidad.
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CONFIDENCIALIDAD en el uso y protección de la información corporativa obtenida en el desarrollo de sus actividades, sobre la premisa del deber abstención de usos ilegítimos, revelaciones no autorizadas aun no intencionadas o permitir su divulgación.
3.- NORMAS Y DIRECTRICES DE CONDUCTA
Como manifestación del principio de cumplimiento asumido por VAZMAR LUCUS, S.L., así como su compromiso ético y de integridad, sus socios, administradores, directivos, el personal y partes relacionadas deberán actuar guiándose, no sólo, por los principios anteriormente enunciados sino, además, asumir las obligaciones que se detallan en los siguientes apartados.
3.1.- Administradores
Los administradores de LA COMPAÑÍA deben de cumplir la legislación vigente y velar por su cumplimiento por todo el personal de la empresa y por la propia entidad como tal, mediante la asunción de los siguientes compromisos:
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Impulsar y velar por el cumplimiento en la sociedad, así como por todos sus empleados y empleadas de sus deberes éticos y de su actuación de buena fe en sus relaciones internas y con terceros.
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Promover y dirigir el establecimiento y correcta aplicación de medidas de prevención eficaces que eviten, en lo posible, la comisión de actividades delictivas por quienes integran o se relacionan con la organización empresarial.
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Guardar altos estándares éticos en la contratación y promoción del personal aplicando los criterios de objetividad, competencia y profesionalidad, sobre la base de garantizar la igualdad de oportunidades, con el fin de que LA COMPAÑÍA disponga de las mejores habilidades y competencias. Asimismo, valorará el compromiso e implicación del personal para trasladar una cultura de cumplimiento normativo al resto de la compañía.
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Exigir la aplicación de los principios éticos que guían la actividad de la empresa en la asunción de compromisos contractuales con terceros tales como clientes, proveedores o Administraciones Públicas.
3.2.- Empleados y empleadas
En el desarrollo de sus funciones, los empleados y empleadas de VAZMAR LUCUS, S.L. deben de cumplir la legislación vigente, las normas de la compañía y respetar los procedimientos que velan por su cumplimiento observando las siguientes pautas de conducta:
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CONFIDENCIALIDAD: el personal, durante el transcurso de la relación laboral y aún una vez esta se haya extinguido debe cumplir y respetar el contenido del principio de confidencialidad de la información corporativa que inspira el Código.
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SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN: el equipo humano deberá hacer un uso diligente de los sistemas de información y observar las normas internas dispuestas en esta área.
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CONFLICTO DE INTERÉS: el personal debe de evitar las situaciones de conflicto de interés, entendidas como todas aquellas en que los intereses personales o de un tercero compiten o resultan incompatibles con los intereses empresariales de LA COMPAÑÍA, tales como la realización por el empleado o personas vinculadas a él, directamente o a través de terceros o entidades, de actividades con el mismo o análogo objeto que aquel que constituye la actividad empresarial de VAZMAR LUCUS, S.L..
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CONTROL: El directivo o superior jerárquico que, en el ámbito de sus funciones y en el marco de su poder de dirección dentro de la empresa, tenga conocimiento de cualquier actuación o conducta de un trabajador o trabajadora subordinado o sobre el que ejerza cierta autoridad o facultades de vigilancia de su labor, que pueda suponer un incumplimiento de la legislación vigente o de las normas del presente Código y/o de las normas de prevención de riesgos penales, o bien, que pueda entrañar cualquier riesgo jurídicamente desaprobado, tiene la obligación de ejercer las facultades de control que le corresponden y de actuar de inmediato para impedir tal actuación o conducta.
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SEGURIDAD E HIGIENE: la plantilla es responsable de cumplir de forma estricta las normas de higiene y seguridad en el trabajo, y de velar por su propia seguridad y por la de las personas afectadas por sus actividades laborales. Se prohíbe el consumo de sustancias que puedan afectar al debido cumplimiento de las obligaciones laborales.
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PREVENCIÓN: LA COMPAÑÍA da la máxima importancia a la protección de la integridad física y salud de las personas, y a la prevención de riesgos en el lugar de trabajo, por lo que la plantilla deberá informar de la empresa de cualquier conducta constitutiva de riesgo en esta materia o que pueda considerarse infracción de la normativa en esta área.
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CUSTODIA: la plantilla debe proteger los bienes, equipos y dispositivos de LA COMPAÑÍA y utilizarlos en forma adecuada a su destino y conforme a las directrices trasladadas por la Dirección de la empresa, absteniéndose de realizar cualquier tipo de uso no autorizado para fines personales de los mismos.
3.3.- Prácticas en el mercado
Las actividades empresariales realizadas por VAZMAR LUCUS, S.L. estarán presididas por el escrupuloso respeto a los principios de integridad y objetividad, con el fin de conseguir el resultado más conveniente a los intereses de LA COMPAÑÍA siempre que sea compatible con la legalidad vigente, el presente Código y los compromisos contractuales adquiridos con terceros.
En consecuencia, LA COMPAÑÍA prohíbe que sus directivos y personal desarrollen conductas engañosas, fraudulentas o maliciosas y que realicen negociaciones deshonestas y objetivamente injustas.
VAZMAR LUCUS, S.L. desarrollará siempre su actividad sin infringir las normas que impone la libre competencia, rechazando cualquier información sobre competidores obtenida de manera improcedente o violando las normas de confidencialidad, no permitiendo la concertación de precios con otros competidores y prohibiendo la difusión de información falsa que resulte perjudicial para otros competidores.
El principio de integridad incluye la absoluta prohibición de ofrecer o aceptar regalos o dádivas, favores, compensaciones o ventajas económicas o de cualquiera otra índole impropia, a fin de obtener un negocio o trato de favor o diferencial de un tercero o que pueda influir en la toma de decisiones relacionadas con el desempeño de las funciones derivadas de su cargo, ya sea de forma directa o través de terceras personas o entidades.
3.4.- Relaciones con clientes
El trato respetuoso presidirá la relación entre VAZMAR LUCUS, S.L y sus clientes, actuando recíprocamente conforme a criterios de consideración, dignidad y no discriminación por razón de raza, religión, edad, nacionalidad, género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social prohibida por la Ley.
En el desarrollo de las actividades comerciales, los empleados de LA COMPAÑÍA actuarán promocionando e informando de sus productos con estándares objetivos sin falsear sus condiciones y características, basando sus actividades de promoción en información clara, absteniéndose de comportamientos engañosos que puedan equivocarse a clientes o terceros.
3.5.- Relaciones con los proveedores
El equipo humano de VAZMAR LUCUS, S.L. está obligado a actuar, en sus relaciones con los proveedores conforme a criterios de consideración, respeto, dignidad y de forma lícita.
Las compras se desarrollarán con estricto cumplimiento de las directrices marcadas por la Dirección de la empresa y todas las decisiones en este ámbito habrán de ser justificables, comprobables y verificables en caso de control por la dirección de la empresa. Los empleados y empleadas de LA COMPAÑÍA tienen la obligación de proteger la información comercial relativa a su cadena de aprovisionamiento.
Los proveedores que mantengan relaciones comerciales con VAZMAR LUCUS, S.L. deberán comprometerse a respetar los Derechos Humanos y laborales de todo el personal contratado, así como a la aceptación del presente Código Ético. La vulneración de estos principios no será aceptada por LA COMPAÑÍA.
3.6.- Relaciones Autoridades y funcionarios
VAZMAR LUCUS, S.L. actuará, en sus relaciones con las Autoridades y funcionarios púbicos, conforme a criterios de consideración, respeto, dignidad y de forma lícita, restringiendo la actuación ante éstos a los empleados y empleadas expresamente autorizados para ello por la Dirección de la empresa.
En el ámbito de sus actuaciones, se abstendrán de ofrecer o aceptar regalos o dádivas, favores, compensaciones o ventajas económicas o de cualquiera otra índole impropia, a Autoridades y/o funcionarios públicos. En todo caso las prácticas habituales sobre obsequios y atenciones, de acuerdo con los usos comúnmente admitidos, habrán de ser convenientemente evaluadas y registradas por la dirección de la empresa.
Asimismo, LA COMPAÑÍA se compromete a no obtener ventajas fiscales indebidas para, debiendo establecer los adecuados controles que aseguren que la información declarada en esta materia a las autoridades es veraz y refleja fielmente la realidad de la empresa. A mayor abundamiento, dichas medidas asimismo asegurarán que las ayudas y subvenciones recibidas, en su caso, de las Administraciones Públicas se destinan al uso adecuado, actuando al respecto con la debida transparencia, evitando falsear las condiciones para su obtención o darles un uso distinto a aquel que tenían conferido.
4.- CONSECUENCIAS DEL NO CUMPLIMIENTO
El cumplimiento del Código constituye un elemento esencial de las obligaciones contractuales asumidas por los empleados y empleadas, así como de otras terceras partes tales como clientes y proveedores. En consecuencia, la infracción de las normas del Código constituye el incumplimiento de dichas obligaciones contractuales, pudiendo conllevar (i) la aplicación de las sanciones y medidas disciplinarias establecidas por la legislación vigente, (ii) el cese de la relación, (iii) la aplicación de penalizaciones y/o compensación por daños/pérdidas ocasionadas.
Por otro lado, el Código junto con el Manual de Prevención Penal, así como el Procedimiento de Prevención y Tratamiento de situaciones de acoso moral, sexual y por razones de género en el trabajo se configuran como elementos esenciales para establecer estándares éticos imperativos que deben ser observados por la compañía en el desempeño de su actividad empresarial.
5.- SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN
VAZMAR LUCUS, S.L. tiene implementado un Sistema Interno de Información con el que articula un sistema de gestión para obtener información sobre cualquier hecho que pueda suponer una vulneración del Código o de la normativa legal aplicable, de la que se tenga conocimiento, para poder analizarlo rápidamente, reducir su impacto y servir a la mejora continua de la organización.
LA COMPAÑÍA garantiza el tratamiento confidencial de las comunicaciones recibidas, así como la ausencia de cualquier tipo de represalia para los informantes de buena fe que suministren informaciones veraces.
El Canal de Información corporativo se encuentra disponible la sección “Canal de Información” de la web corporativa.
Es preciso manifestar que, es asimismo finalidad del Canal su utilización por cualquier empleado o empleada o parte relacionada para solicitar asesoramiento, clarificación o asistencia tanto en el contenido del presente Código como de cualquier actividad que realice.